
Al finalizar este jueves, a las 12:00 de la medianoche, inicia la veda sobre los actos políticos y los espectáculos públicos en el país, medida que abarca a los medios de comunicación y el proselitismo político.
El artículo 177 de la ley de Régimen Electoral habla sobre las disposiciones de la difusión previa al día de votación en las elecciones.
De acuerdo a lo que señala el artículo 177 de la ley electoral, desde la medianoche del jueves 15 de febrero, debe cesar toda actividad de campaña electoral, incluso en los medios de comunicación, los cuales podrán transmitir su programación habitual, siempre que no se incluya en ella ninguna alusión relativa a proselitismo o promoción de partidos, agrupaciones o movimientos políticos o candidatos y candidatas admitidos.
Además de la realización de actos de proselitismo, espectáculos públicos, ya sea en local abierto o cerrado, manifestaciones o reuniones públicas de carácter político, incitaciones, propaganda electoral por la prensa radial, televisiva, avisos, carteles, telones y otros medios similares.



